¿Qué es la Liquidación Laboral? Guía Completa México 2026

¿Qué es la liquidación laboral? La liquidación laboral es la compensación económica que el patrón debe pagar a un trabajador cuando lo despide sin causa justificada. A diferencia del finiquito — que aplica en cualquier terminación — la liquidación laboral solo procede en caso de despido injustificado y está regulada por los artículos 48, 50 y 162 de la Ley Federal del Trabajo (LFT).
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¿Qué es la Liquidación Laboral según la Ley?
La liquidación laboral es la indemnización que la ley obliga al patrón a pagar cuando rescinde la relación laboral sin una causa válida. Su objetivo es proteger al trabajador ante despidos arbitrarios y compensarle económicamente por la pérdida de su empleo.
El derecho a la liquidación laboral está garantizado en el Artículo 123 de la Constitución Política de México y desarrollado en los artículos 48 y 50 de la LFT.
¿Cuándo Aplica la Liquidación Laboral?
La liquidación laboral aplica cuando:
- El patrón despide al trabajador sin causa justificada
- El patrón no puede probar la causa del despido ante la autoridad laboral
- La empresa cierra o quiebra
- El trabajador renuncia por causa imputable al patrón (malos tratos, incumplimiento de contrato, acoso)
- Se elimina el puesto del trabajador por reestructuración
No aplica la liquidación laboral si:
- El trabajador renuncia voluntariamente
- El despido es justificado y el patrón puede probarlo (Art. 47 LFT)
- El contrato por tiempo determinado llega a su fin natural
¿Qué Incluye la Liquidación Laboral 2026?
La liquidación laboral se compone de dos partes: la indemnización más el finiquito:
| Concepto | Cálculo | Base Legal |
|---|---|---|
| INDEMNIZACIÓN (solo en despido injustificado) | ||
| Indemnización constitucional | 90 días de salario diario integrado (SDI) | Art. 48 LFT |
| 20 días por año trabajado | SDI × 20 × años completos trabajados | Art. 50 LFT |
| Prima de antigüedad | 12 días por año (tope: 2 × salario mínimo diario = $630.08/día) | Art. 162 LFT |
| FINIQUITO (siempre, en toda terminación) | ||
| Salario devengado | Días trabajados sin pagar | Art. 83 LFT |
| Vacaciones proporcionales | Días vacaciones × días trabajados en año ÷ 365 | Art. 76 LFT |
| Prima vacacional | Vacaciones proporcionales × 25% | Art. 80 LFT |
| Aguinaldo proporcional | SD × 15 × días trabajados en año ÷ 365 | Art. 87 LFT |
¿Cómo se Calcula la Liquidación Laboral 2026?
Paso 1 — Calcula tu Salario Diario Integrado (SDI)
SDI = Salario Diario × Factor de Integración
Factor de integración 1er año = 1.0493 | Ver Calculadora SDI para tu factor exacto
Paso 2 — Calcula la Indemnización Constitucional
Indemnización = SDI × 90 días
Paso 3 — Calcula los 20 Días por Año
20 días por año = SDI × 20 × Años completos trabajados
Paso 4 — Calcula la Prima de Antigüedad
Prima de antigüedad = Salario topado × 12 × Años trabajados
Tope 2026: $630.08/día (2 × $315.04 salario mínimo general). Si tu salario diario es menor al tope, se usa tu salario real.
Ejemplo de Liquidación Laboral 2026
Carlos, salario mensual $25,000 MXN, 5 años de servicio, despedido injustificadamente. 8 días de salario pendiente, no tomó vacaciones del año.
| Concepto | Cálculo | Monto |
|---|---|---|
| Salario diario | $25,000 ÷ 30 | $833.33/día |
| SDI (factor 1.0548, 5to año) | $833.33 × 1.0548 | $879.00/día |
| INDEMNIZACIÓN | ||
| Indemnización constitucional | $879 × 90 días | $79,110 |
| 20 días por año (5 años) | $879 × 20 × 5 | $87,900 |
| Prima de antigüedad (5 años, bajo tope) | $630.08 × 12 × 5 | $37,805 |
| FINIQUITO | ||
| Salario devengado | $833.33 × 8 días | $6,667 |
| Vacaciones proporcionales | Según días trabajados en año | ~$3,200 |
| Prima vacacional | ~$3,200 × 25% | ~$800 |
| Aguinaldo proporcional | Según días trabajados en año | ~$3,400 |
| TOTAL LIQUIDACIÓN | — | ~$218,882 |
Estimación informativa. El monto exacto puede variar según fecha de despido y días trabajados en el año. Usa la Calculadora de Liquidación para tu cifra exacta.
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Diferencia entre Liquidación Laboral y Finiquito
| Concepto | Finiquito | Liquidación Laboral |
|---|---|---|
| ¿Cuándo aplica? | Siempre que termina la relación laboral | Solo en despido injustificado |
| ¿Qué incluye? | Días trabajados, vacaciones, prima, aguinaldo proporcional | Finiquito + 3 meses + 20 días/año + prima de antigüedad |
| Plazo para reclamar | 1 año (Art. 516 LFT) | 2 meses (Art. 517 LFT) |
¿Cuánto Tiempo Tengo para Reclamar la Liquidación?
Solo tienes 2 meses desde la fecha del despido para reclamar tu liquidación laboral (Art. 517 LFT). Este plazo es improrrogable — si se pasa, pierdes tu derecho a demandar. No esperes. Acude a la PROFEDET al 800 911 7877 inmediatamente si te despidieron y no recibes liquidación.
¿Qué Pasa si el Patrón No Paga la Liquidación?
Tienes derecho a demandar ante los Centros de Conciliación Laboral. Además del monto de la liquidación, puedes reclamar:
- Salarios caídos — salarios que dejaste de percibir desde el despido hasta la resolución, con límite de 12 meses más intereses
- Reinstalación en tu puesto — si lo prefieres en lugar de la indemnización
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Herramientas Relacionadas
- Calculadora de Liquidación — calcula tu liquidación laboral en segundos
- Calculadora de Finiquito — si renunciaste o tu contrato terminó
- Calculadora SDI — calcula tu Salario Diario Integrado para la liquidación
- Calculadora de Prima de Antigüedad — 12 días por año trabajado
- Calculadora ISR — verifica el ISR retenido en tu liquidación
Preguntas Frecuentes — ¿Qué es la Liquidación Laboral?
¿La liquidación laboral aplica si renuncié voluntariamente?
No. La liquidación laboral solo aplica en despido injustificado. Si renunciaste voluntariamente solo tienes derecho al finiquito. Excepción: si renunciaste por causa imputable al patrón (acoso, malos tratos, incumplimiento de contrato) puedes reclamar liquidación — debes probarlo ante el Centro de Conciliación.
¿Me pueden obligar a firmar la renuncia para no pagar liquidación?
No. Los derechos laborales son irrenunciables. Si firmaste una renuncia bajo presión o engaño, puedes impugnarla ante el Centro de Conciliación Laboral presentando evidencias (mensajes, correos, testigos). Tienes 2 meses para hacerlo.
¿Los 20 días por año son obligatorios?
Sí en la práctica. Aunque técnicamente el Art. 50 LFT establece los 20 días “a elección del trabajador cuando no acepta reinstalación”, en la gran mayoría de despidos injustificados el trabajador elige la indemnización y los 20 días se pagan siempre junto con los 3 meses.
¿La prima de antigüedad siempre se paga en despido?
Sí. En despido injustificado la prima de antigüedad (12 días por año) se paga siempre, sin importar los años de servicio. En renuncia voluntaria solo se paga si llevas 15+ años trabajando con el mismo patrón.
¿El tope de prima de antigüedad aplica a la indemnización completa?
No. El tope de 2 × salario mínimo ($630.08/día en 2026) aplica únicamente al cálculo de la prima de antigüedad. La indemnización constitucional (3 meses) y los 20 días por año se calculan sobre tu SDI real sin tope.
Descargo de responsabilidad: Esta guía sobre qué es la liquidación laboral es de carácter informativo, basada en la Ley Federal del Trabajo vigente en 2026. Para situaciones laborales específicas acude a la PROFEDET (800 911 7877) o a un abogado laboral certificado. No somos la PROFEDET ni una entidad gubernamental.